
Te interesa saber…
Las mutuas colaboradoras con la seguridad social somos entidades sin ánimo de lucro y formamos parte del sistema de la Seguridad Social.
Como emprendedor al darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las prestaciones económicas derivadas de la situación de incapacidad temporal corren a cargo de la Mutua, así como otras prestaciones a las que tengas derecho según el tipo de cobertura elegida.
El alta como trabajador autónomo se tramita en la Tesorería General de la Seguridad Social a partir de ahora (TGSS). Si has elegido a Fraternidad-Muprespa como tu mutua, una vez sellada esta documentación por la Tesorería Provincial correspondiente, deberás enviarla o entregarla al centro de Fraternidad-Muprespa más próximo.
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Solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Modelo TA.0521)
Fraternidad-Muprespa te facilita los impresos necesarios para poder darte de alta, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
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Código Laboral y de la Seguridad Social
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Códigos electrónicos de legislación laboral y de Seguridad Social.
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¿Cuánto se debe cotizar?
Y si todavía no te ha quedado claro lo que tienes que cotizar, la página de la Seguridad Social te presenta el contenido actualizado.
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Bonificaciones/reducciones a la Seguridad Social en trabajadores autónomos
El Servicio público de empleo estatal (SEPE) tiene un interesante documento donde se presentan las bonificaciones y reducciones a la Seguridad Social en trabajadores autónomos que te puede servir de ayuda.