
Presupuestos Generales del Estado 2021
Normativa
Aspectos destacables de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
- Retribuciones del personal al servicio del sector público: No podrán experimentar un incremento global superior al 0,9% (art. 18.Dos).
- Pensiones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva: Experimentarán en el año 2021 un incremento del 0,9% (art. 39.Uno).
- Límite del importe de revalorización de las pensiones públicas: 37.904,86 euros anuales (art. 41.Uno).
- Aportaciones y contribuciones a planes de pensiones: Reducción máxima en la base imponible general desciende de 8.000 a 2.000 euros anuales (art. 62.Dos).
- Tope máximo de cotización a la Seguridad Social. 4.070,10 euros mensuales (art. 119.Uno.1).
- Tope mínimo: SMI vigente, incrementado en un sexto (art. 119.Uno.2).
- Las cotizaciones a la Seguridad Social se regulan en el art. 119. En 2021 suben los tipos de cotización para los trabajadores autónomos.
- Retribuciones del personal de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y de sus centros mancomunados. Disposición adicional 30ª. Sin cambios respecto a los años anteriores.
- Merece comentarse la Disposición adicional 37ª, titulada “Contratación de seguros de responsabilidad civil”. Permite que se concierten seguros que cubran la RC del personal al servicio de la Administración del Estado, Organismos Autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
- Interés legal del dinero, 3%. Interés de demora, 3,75% (Disposición adicional 49ª).
- Bonificación del 50% de la aportación empresarial por contingencias comunes, en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional (Disposición adicional 123ª).
- Suspensión del bonus o reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral (Disposición adicional 127ª).
- Modificación del Estatuto de los Trabajadores. Contratos para la formación dual universitaria. Son retribuidos (Disposición final 36ª).
- Modificación del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia (Disposición final 38ª).
- Modificación de la Ley de Contratos del Sector Público (Disposición final 40ª).