AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL: PRIMER SEMESTRE 2021

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Fraternidad-Muprespa

El primer semestre de 2021 ha finalizado con una afiliación total de 19.280.520 trabajadores al sistema de la Seguridad Social en España, contabilizando todos los regímenes. El mismo período del año anterior se cerró con la cifra de 18.484.270 afiliados. La afiliación en junio 2021 ha alcanzado el nivel de febrero 2020, mes anterior a la declaración del estado de alarma.

El número de parados al finalizar los primeros seis meses ha sido de 3.614.339 (15,78%), y según datos oficiales aún permanecían 447.800 personas protegidas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), que no tienen la consideración de desempleados -se contabilizan como afiliados al sistema-. El propio Gobierno de España asume que aproximadamente un 30% de los trabajadores en ERTE engrosará las cifras del paro, por no poder reincorporarse a su puesto de trabajo, cuando este mecanismo de protección deje de ser efectivo, incidiendo directamente a la baja en los distintos regímenes de la Seguridad Social. En este sentido ya se está planteando desde el Ministerio de Trabajo una nueva prórroga de los ERTE a partir del 30 de septiembre. Esta medida se debe principalmente a la demasiado lenta recuperación del turismo internacional debido a la pandemia, un sector estratégico en nuestro país, aunque habrá que esperar al final del verano para obtener datos reales.

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Por género, la afiliación se reparte entre los 10,4 millones de hombres y 8,9 millones de mujeres al finalizar junio. Como dato a tener en cuenta en esta brecha de género, los hombres suben en más de 100.000 afiliados respecto al mes de mayo, mientras las mujeres bajan en 66.000. La crisis sanitaria y económica se ha cebado especialmente con el colectivo femenino.

Por edades, los más jóvenes, entre los 16 y los 24 años, son el único grupo que ha ido incrementando mes a mes la inscripción en la Seguridad Social en esta primera mitad de año, salvo un ligero descenso en febrero entre los de edades comprendidas entre los 16 y los 19 años. Los trabajadores a partir de los 25 años han sufrido vaivenes en la afiliación; por ejemplo, los de 25 a 54 años han bajado de mayo a junio en casi 60.000 afiliados.

Por sectores, el del campo se lleva la peor parte, siendo el que menos crece en este período, afectando casi en su totalidad a los trabajadores por cuenta ajena, ya que la cifra de afiliados entre los trabajadores agrarios por cuenta propia mantiene cierta regularidad, por encima de los 277.000. Este sector resiliente ha mantenido unos números aceptables en las exportaciones de productos hortofrutícolas durante la pandemia, esperando que mejoren en los próximos meses gracias a la suspensión de los aranceles entre EEUU y Europa. El total de inscritos se reparte de la siguiente forma al finalizar el mes de junio:

  • Agrario: 1.097.394
  • Industria: 2.277.249
  • Construcción: 1.307.065
  • Servicios: 14.598.812

Según actividades (CNAE), las que cuentan con más afiliados son las habituales históricamente:

  • Comercio al por menor: 1.897.310
  • Servicios de comidas y bebidas: 1.200.509
  • Actividades sanitarias: 1.198.966
  • Administración Pública y Defensa: 1.162.901
  • Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados: 1.031.695
  • Educación: 1.004.909
  • Comercio al por mayor: 975.075

Respecto a las CCAA, Cataluña sigue liderando la lista de afiliados (3.458.577), seguida de Madrid (3.235.244), Andalucía (3.114.208), Valencia (1.921.335) y Galicia (1.016.686). Todas van recuperando los índices anteriores a la crisis.

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Trabajadores autónomos. El RETA acaba el primer semestre con 3.313.138 afiliados. En el mismo período de 2020 la cifra era de 3.246.557. Aquí también hay que resaltar que en junio habían cobrado la prestación extraordinaria por cese de actividad alrededor de 235.000 autónomos, que se consideran afiliados a todos los efectos, independientemente de que esta ayuda se perciba por cualquiera de las modalidades recogidas en el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos 
La obligación de permanecer dados de alta en el sistema se halla regulada en cada uno de los apartados correspondientes de esta norma:

Artículo 5.1: «Para que sean aplicables estos beneficios en la cotización los trabajadores autónomos deberán mantener el alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social hasta el 30 de septiembre de 2021».

Artículo 6.4: «Durante el tiempo que permanezca la actividad suspendida se mantendrá el alta en el régimen especial correspondiente quedando el trabajador autónomo exonerado de la obligación de cotizar».

Artículo 7.7: «El trabajador autónomo, durante el tiempo que esté percibiendo la prestación, deberá ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social la totalidad de las cotizaciones aplicando los tipos vigentes a la base de cotización correspondiente».

Artículo 8.6: «El trabajador autónomo, durante el tiempo que esté percibiendo la prestación, deberá permanecer en alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente e ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social la totalidad de las cotizaciones aplicando los tipos vigentes a la base de cotización correspondiente».

Artículo 9.5: «Durante la percepción de la prestación no existirá obligación de cotizar, permaneciendo el trabajador en situación de alta o asimilada al alta en el régimen de Seguridad Social correspondiente».


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